lunes, 25 de julio de 2016

El ayuntamiento de Almonte tramita las solicitudes de ayudas para alquiler de vivienda a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados.


Pueden ser BENEFICIARIOS las personas físicas titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda, vigente en el momento de la solicitud, destinada a residencia habitual y permanente.

Según información facilitada por la Oficina de Defensa de la Vivienda del ayuntamiento de Almonte, actualmente se encuentra abierta la convocatoria de ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, según los datos de la Orden de 30 de junio por la que se convocan estas ayudas para el ejercicio  2016, en régimen de concurrencia competencia competitiva. Pueden ser BENEFICIARIOS las personas físicas titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda, vigente en el momento de la solicitud, destinada a residencia habitual y permanente.
Estas personas deben poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados Miembros de La UE. O en el caso de extranjeros no comunitarios deberán tener residencia legal en España.
Los requisitos necesarios para optar a la ayuda son: el EMPADRONAMIENTO en la misma de todos los miembros de la Unidad de Convivencia. Tener un IMPORTE de la renta mensual inferior a 500 euros, NO disponer de la TITULARIDAD o de algún derecho de uso de otra vivienda (salvo supuesto de no disponibilidad acreditada). El límite de los INGRESOS  que permite el acceso a la ayuda se establece en 1 vez el IPREM por cada persona adulta de la Unidad de Convivencia (a lo que se suma 0,5 veces el IPREM  cada persona adicional de 14 o más años y 0,3 veces el menor de 14 años).
La Oficina de Defensa de la Vivienda de Almonte cuenta con una base de datos sobre las familias y personas con menos recursos y necesitados de vivienda, a quienes mantiene informados de las ayudas que son publicadas por las administraciones.

Un máximo de 200 euros mensuales durante un año.

 La CUANTIA de la ayuda es del 40% de la renta mensual, con un límite máximo de 200 euros y por un periodo máximo de 12 meses, si bien se podrá llegar hasta el 80 % en los casos que se acredite especial vulnerabilidad por encontrarse en riesgo de exclusión social. El PLAZO de presentación de solicitudes es de UN MES desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria, es decir, hasta el 6 de agosto de 2016.
LA SOLICITUD, publicada como anexo I en el BOJA num 126, está a disposición de los interesados en la Oficina de Defensa de la Vivienda del ayuntamiento de Almonte, sita en la C/ Sevilla, y habrá de adjuntarse a efectos de verificación de requisitos los siguientes documentos: contrato de arrendamiento, certificado de empadronamiento colectivo, y, en su caso, documentación acreditativa de las circunstancias especiales que hayan de baremarse. La INSTRUCCION Y RESOLUCION del expediente administrativo es competencia de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento y Vivienda en Huelva, que habrá de resolver definitivamente en el plazo máximo de 6 meses desde la finalización del plazo para la solicitud de estas ayudas.


                                                                       Almonte, 25 de julio de 2016

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